domingo, 25 de mayo de 2014

Todo lo que hay que saber si nos citan para ser jurados




Por Jorge Joury

 Frente a una sociedad que se repliega con miedo y hasta tomando distancia de la justicia, en la mayoría de los casos, por falta de credibilidad, llega una herramienta fundamental que abre una puerta de esperanza para ponerle fin a la impunidad. Se trata de los juicios por jurados, o los tribunales populares. No es ni más ni menos que la posibilidad que tendremos los ciudadanos de ser guardianes de los procesos, para que sean justos y transparentes. Frente a la inminencia del sorteo, conviene volver a sacarle punta al tema para aplacar las dudas que se plantea el lector. Lo primero que hay que decir es que hay que estar atentos, porque cualquiera de nosotros, de entre 21 y 75 años, puede llegar a ser protagonista en esta nueva historia. Se estima que unos 12 mil bonaerenses serán sorteados este miércoles en la sede de la Lotería de la provincia de Buenos Aires. Se trata de una responsabilidad ineludible. Si los tres últimos números de su DNI salen sorteados y usted tiene entre 21 y 75 años, en algún momento le podrá llegar una carta a su casa en la que le avisen que deberá que ser jurado en un juicio penal contra un acusado de homicidio, por ejemplo.
LE TOCA A UNO DE CADA MIL VECINOS
Será ese el momento en que se nos generen una avalancha de preguntas, que trataremos de responder. Esto tiene que ver con que a uno de cada mil vecinos le tocará ser jurado para enjuiciar imputados en delitos de más de 15 años de prisión. El sistema es como el que estamos acostumbrados a ver en las series norteamericanas y que ya se aplica en las provincias de Córdoba y Neuquén. No obstante, para los bonaerenses es un estreno para el que habrá que estar con la guardia alta.
Una vez realizado el sorteo comenzarán las citaciones y se calcula que el primer juicio se realizaría para fin de año, es decir poco antes de diciembre. Se prevén que sean unos 200 por año. La nueva carga pública genera múltiples dudas a saber : ¿Es obligatoria la participación para la persona convocada a integrar un jurado de enjuiciamiento? ¿Cuáles son los requisitos que debe reunir? ¿Es posible excusarse? ¿Qué pasa si un integrante del jurado conoce al imputado? ¿Cuánto tiempo insumirá la participación de los jurados en un juicio? ¿Qué pasará con el trabajo y la vida cotidiana de esas personas? ¿Cada cuánto tiempo podrá ser citada una misma persona?
Lo primero a tener en cuenta es es que la nómina de 12.000 bonaerenses posibles jurados que se conocerá el miércoles, será resultado de un sorteo de la Lotería de la Provincia. En tal sentido, se utilizarán los tres últimos números del documento de identidad. Aquellos que resulten sorteados, recibirán una carta en su domicilio que deberán responder con una declaración jurada. Luego, a partir de un filtro mediante el entrecruzamiento de datos de las distintas dependencias de la administración, se considerará si la persona reúne las condiciones necesarias para ser jurado.
CONDICIONES PARA ACCEDER A UN TRIBUNAL
Las condiciones para acceder al tribunal son las siguientes : ser argentino o haberse naturalizado hace más de cinco años. Ser mayor de 21 y menor de 75 años. Y ser apto física y psíquicamente. No podrán ser miembros del jurado los funcionarios públicos y ministros de culto religioso así como autoridades de partidos políticos. Tampoco los integrantes de las fuerzas de seguridad o del Servicio Penitenciario, exonerados de la administración pública, abogados, escribanos y procuradores, condenados o procesados por delitos dolosos.
La ley establece que integrar un jurado de enjuiciamiento en caso de salir sorteado es una carga pública. Esto implica someterse a la convocatoria de la Corte, ya que en caso contrario se estaría incurriendo en la comisión del delito de desobediencia.
Para el caso de que alguien tenga un problema que le impide atender a la convocatoria, deberá presentar su caso al juez, que lo evaluará con “criterio restrictivo” . Si concede la excusación, será reemplazado por alguno de los jurados suplentes sorteados. Otra pregunta que por estas horas se hacen los bonaerenses es : ¿Qué pasa si conozco al imputado en el juicio? Los jurados podrán excusarse entonces en caso de tener relación con la persona enjuiciada, de la misma manera que, para garantizar imparcialidad, la defensa o la fiscalía podrán recusar a integrantes que puedan tener cualquier vínculo con el acusado.
ALGUNOS PROCESOS PUEDEN DURAR MESES
Ser jurado tiene su gran responsabilidad, pero presenta cuestiones a tener en cuenta. Hay que subrayar que la actividad cotidiana de una persona que salió sorteada para ser jurado se verá alterada considerablemente durante los días en que deba ejercer la función a la que fue convocado. Tendrá que dejar de trabajar, y acudir a prolongadas audiencias, así como estudiar el caso del juicio y mantener estricta reserva del expediente. Sin embargo, esta carga pública, la más complicada hasta ahora en este sentido para los ciudadanos bonaerenses, sólo podrá tocarle a una persona cada tres años como mínimo.
Los tribunales populares estarán compuestos por 12 ciudadanos que al ser citados al juicio, el juez les proveerá de un instructivo. Allí se les indicarán las reglas del proceso y cómo se evalúan las pruebas y el ámbito de su decisión, que deberá estudiar para llevar adelante la tarea de determinar si el imputado del proceso es culpable o inocente. La cantidad de audiencias del juicio en las que deba participar un jurado podrán variar considerablemente Hay procesos que durarán unas seis audiencias. En cambio, otros casos más complejos, por la cantidad de testigos o de pruebas, pueden llegar a insumir varios meses. Por lo tanto, el tiempo de la función del ciudadano dependerá del caso concreto.
LA FORMA DE PAUTAR LA RETRIBUCION ECONOMICA
Según el domicilio del ciudadano que salió sorteado, su función como jurado se enmarcará en el departamento judicial correspondiente, que muchas veces implicará recorrer largas distancias para acudir a las audiencias. Por ejemplo, una persona que vive en Saladillo y es jurado, deberá acudir a los tribunales de La Plata, por estar enmarcado su distrito en el Departamento Judicial de esa ciudad. Lo mismo le puede ocurrir a un varelense que le toque concurrir a Quilmes. En estos casos, el Estado le asignará una dieta diaria suficiente para cubrir los costos de transporte y comida, a través de una partida especial de la Suprema Corte.
Otra de las dudas es si ¿se les pagará a los jurados?. En el caso de empleados de carácter público o privado, los jurados no percibirán ninguna retribución económica pero estarán excusados de ir a trabajar y será obligatorio para el empleador el pago del salario. Pero si la persona trabaja de forma independiente, podrá ser retribuida con la suma de dos jus (unidad arancelaria de la Justicia) diarios, es decir, cobrará por día de función $580, independientemente de lo que perciba habitualmente por un día de trabajo.
Hasta el momento, nunca una carga pública ha insumido tanto tiempo y esfuerzo para un ciudadano bonaerense. Lo más parecido hasta ahora es la convocatoria a ser presidente de mesa durante las elecciones. Sin embargo, en este caso se trata de un domingo cada dos años, para primarias y generales. Adaptarnos a esta nueva modalidad será parte entonces de un proceso, donde el compromiso de los ciudadanos convocados es fundamental, así como el de los funcionarios judiciales, que deberán ejercer la difícil misión de contenerlos y brindarles las garantías del caso. Los juristas en su mayoría estiman que este un paso sustancial para asegurar la transparencia de los procesos, en una estructura hoy muy devaluada por la tardanza en dictar sentencias, así como por la falta de compromiso de algunos magistrados.

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